CONVERSACIONES DEL BLOG
Lavado de activos y la actividad de los rematadores en Uruguay.
Entrevista al Rematador Mario Stefanoli
Como segunda entrega de nuestras “Conversaciones del Blog”, entrevistamos a Mario Stefanoli[1], ex Presidente de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios del Uruguay, quién hace más de 30 años se desempeña en la práctica diaria de la actividad de Remates en nuestro país, a quién le agradecemos mucho la amabilidad de compartir sus opiniones con nuestro blog.
La entrevista con Mario surge motivada en las preguntas que me realizo respecto de la realidad práctica que los rematadores como sujetos obligados hace ya muchos años y su vinculación con las normas vigentes sobre de lavado de activos.
Así, me surgen dudas sobre cómo el profesional Rematador lidia con las normas, cómo se vincula con sus clientes, qué procedimientos de prevención desarrolla, cuál es la actividad a nivel los remates judiciales, los remates de bienes mueble de importante valor, etc.
Por ello nos pareció más que interesante contactarnos con Mario quién desde hace muchos años se desempeña activamente en el día a día de la actividad privada y quién, además, ha asumido cargos gremiales donde -seguramente- ha palpado las dudas y las soluciones que sus colegas han planteado al respecto, para realizarle algunas preguntas que compartimos a continuación.
Entrevista[2]
¿Como procede el Rematador promedio para cumplir un procedimiento de debida diligencia y de conocimiento del cliente con las normas actualmente vigentes en nuestro país?
El rematador como sujeto obligado debe cumplir completando el formulario confeccionado para efectuar la diligencia debida. Debemos tener presente que en remates judiciales generalmente se conoce al comprador en el momento en que se baja el martillo, por lo que la diligencia se practica simultáneamente con el acta que labra la Alguacil del Juzgado.
¿Cómo se cumple en la práctica esa diligencia? ¿Se solicita la justificación del origen de fondos y de la actividad económica del cliente? ¿Se solicita documentación que acredite el domicilio, el estado civil y la identidad u otras cosas básicas? ¿Se solicita la firma de un formulario con nombre, datos identificatorios y declaración de origen de fondos?
Se solicita justificación del origen de los fondos y la documentación de la persona, firmando el mejor postor un formulario previsto a los efectos con nombre, datos identificatorios y declaración de origen de fondos.
¿Considera que es posible realizar una debida diligencia completa al momento de labrar el acta junto al Alguacil o que, tal situación impide realizar una debida diligencia de acuerdo a las normas vigentes?
Depende de cada caso. Lo que es seguro que no se podrá realizar es la búsqueda en las listas en el momento.
¿Considera que el Rematador, como sujeto obligado, debiera ser equiparado a otros sujetos obligados que ven limitada la esfera de actividades dentro del marco del sistema de LAFT? ¿Considera que ello podría ser un beneficio para el colectivo?
Considero que sí
Es consciente el colectivo de Rematadores, ¿que al no estar delimitado una actividad concreta objeto de obligación todas las actividades que desarrollen se encuentran sujetas a la normativa? Por ejemplo, en esta posición, la actividad de Tasación de bienes (muebles o inmuebles), el remate de bienes muebles (automóviles, naves, semovientes, etc.) también dispararía en el Rematador todas las obligaciones de un sujeto obligados.
Si, es consciente.
¿Cuáles deberían ser las actividades específicas que el Rematador debiera controlar bajo el sistema actualmente vigente en nuestro país?
Debería controlar todas las que superen los umbrales o las que surjan en función de la diligencia debida.
En el caso de una compraventa judicial de bienes ¿le consta que el actuario o el juez actuante realicen alguna actividad de contralor de LAFT respecto de los actos preparatorios del remate o, con posterioridad, respecto precio a integrar o de la escrituración definitiva?
No me consta, pero los jueces y actuarios no son sujetos obligados.
[1] Presidente de la ANRTCI en el período 2009-2013 y 2015/2017.
Presidente de la Asociación Americana de Rematadores, Corredores Inmobiliarios y Balanceadores período 2012-2014 y actual Secretario General de la misma.
Actual SECRETARIO GENERAL de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios del Uruguay (ANRTCI ) período 2017/2019
[2] Sobre los aspectos técnicos de la normativa vigente y su alcance remito al libro de descarga gratuita publicado por el autor en https://lavadodeactivosenuruguay.com/.